Con la expedición del Decreto 2229 de 2023 se definieron los plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustanciales de orden nacional en términos de días hábiles a partir de 2024 y para los años siguientes.
Teniendo en cuenta lo anterior, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN – informa a los contribuyentes las fechas correspondientes a los plazos para el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales del calendario 2025, advirtiendo que serán días no hábiles, los sábados, domingos y festivos.
Consulte aquí el comunicado de prensa de la DIAN No. 099: